Normativa al día: AYUDAS DIRECTAS AL TRANSPORTE DE VIAJEROS (ENTIDADES LOCALES)

En el Título II del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, se regulan las siguientes Ayudas directas al transporte de viajeros, que afectan a las Entidades Locales:

Texto completo del R.D.-Ley (publicado en BOE de 29 / 1 / 2025): https://boe.es/buscar/pdf/2025/BOE-A-2025-1560-consolidado.pdf

Resumen:

► CAPÍTULO I.-Relativas al transporte colectivo urbano e interurbano competencia de las CCAA y de EELL (arts 4 al 17)

EELL beneficiarias: las que presten servicios de transporte público colectivo urbano o interurbano, así como los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, con independencia de la modalidad de gestión del mismo, incluyendo ayuntamientos, diputaciones provinciales, diputaciones forales, consejos y cabildos insulares, así como mancomunidades, y comarca

Objeto de las ayudas: la reducción de precios de los siguientes títulos de transporte colectivo terrestre:

a) Títulos multiviaje y abonos dirigidos a la población infantil y juvenil.

b) Otros títulos multiviaje y abonos, excluidos el billete de ida y vuelta y los títulos turísticos de cualquier naturaleza similar.

► CAPÍTULO IV.- Ayudas para fomentar la ampliación y mejora en la oferta de los servicios de transporte colectivo terrestre de pasajeros (arts 22 al 28)

Objeto de las ayudas:

a) Creación de nuevos servicios de transporte público.

b) Incremento de la oferta existente del transporte público.

►CAPÍTULO VI Medidas para el fomento de los servicios públicos de préstamo de bicicletas (arts 34 a 54)

A. Fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas

Objeto de las ayudas:

Concesión de apoyo financiero a las EELL que presten servicios públicos de préstamo de bicicletas, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio público de préstamo de bicicletas, que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 35.

Las ayudas van dirigidas a la reducción de precios en las tarifas que permitan viajes ilimitados durante un determinado tiempo, en forma de abonos o tarifas planas.

B) Implantación y ampliación de los servicios públicos de préstamo de bicicletas

    EELL beneficiarias:

    Entidades locales, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, que pretendan implantar o ampliar la infraestructura de los servicios públicos de préstamo de bicicletas, con independencia de la modalidad de gestión del mismo

    Objeto de las ayudas:

    Concesión de apoyo financiero a las EELL, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, que pretendan implantar o ampliar la infraestructura de los servicios públicos de préstamo de bicicletas

      Publicado por José López Viña

      Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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