Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local
–Resumen:
La justificación.
-La necesidad de elaborar cuentas anuales consolidadas en el ámbito público viene determinada por el creciente proceso de descentralización en la prestación de servicios públicos, mediante la creación de entidades públicas autónomas, con el fin de conseguir una mejora en la eficacia y eficiencia en la prestación de servicios
-La normativa contable sobre consolidación de cuentas en el sector público local no ha seguido un proceso de reforma y modernización similar al experimentado por la normativa contable general: se ha centrado en mejorar la calidad de la información contable incluida en las cuentas anuales individuales de las entidades locales y sus organismos autónomos, así como en la puesta a disposición de dicha información a sus distintos usuarios. Sólo cuando, en los últimos años, se han conseguido importantes avances tanto en la calidad de la información contable como en la puesta a disposición de sus usuarios, se ha planteado la conveniencia de avanzar también en la elaboración de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local
-Estas normas de consolidación son, por mandato del artículo 209.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, una adaptación al sector público local de las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público. Recordar que los estados consolidados deberán acompañar a la Cuenta General, al menos, cuando ésta se someta a aprobación del Pleno de la Corporación.
–Formación de los funcionarios responsables de la consolidación.
Los funcionarios responsables de la consolidación de cuentas deberán seguir los cursos y realizar las actividades de formación continuada necesarias para asegurar un nivel suficientemente elevado de conocimientos teóricos, cualificaciones y valores profesionales. En este sentido, la Intervención General de la Administración del Estado analizará las necesidades de formación y programará las actuaciones necesarias con los centros públicos especializados en la materia.
–Entrada en vigor de la aplicación de las nuevas normas.
Esta Orden ministerial entrará en vigor el día 1 de enero de 2022.
Las Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local se aplicarán:
► en los municipios de hasta 50.000 habitantes: a las cuentas anuales consolidadas de los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2024.
► en los municipios de más de 50.000 habitantes y las demás entidades locales: a las cuentas anuales consolidadas de los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2022
´-Resultado esperado:
Un avance importante en la transparencia de la información contable pública.
.[Ver más normativa al día y enlace al texto completo de esta disposición aquí: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/informacion-administrativa/#NORMATIVA-AL-DÍA ]