NUEVAS RECOMENDACIONES PARA VIEJOS PROBLEMAS EN LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y EN LA GESTIÓN ECONÓMICA DE LAS ENTIDADES LOCALES

El Boletín Oficial del Estado de 28 de agosto de 2021 publica dos Resoluciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, ambas de fecha 18 de mayo del presente año:

-Una en relación con el informe de fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2018

-Otra, en relación con el Informe sobre los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formalizados por los interventores locales de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Canarias y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicio 2016.

Dicha Comisión Mixta formula una serie de recomendaciones, bien a las propias Entidades Locales, bien a los Gobiernos estatal o autonómicos, bien a las propias Cortes para reformas legales.

Para una más fácil lectura sintetizo y agrupo las recomendaciones así:

RECOMENDACIONES EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL, EJERCICIO 2018:

SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS POR LAS ENTIDADES LOCALES:

► Instar al conjunto de entidades locales (EELL) censadas a rendir su Cuenta General; realizar las modificaciones normativas oportunas con el fin de acortar los plazos de rendición de la Cuenta general; impulsar la homogeneización en la normativa estatal y autonómica de los plazos de rendición de las Cuentas en todo el territorio nacional, acortando los mismos; regular plazos más breves de tramitación y rendición de las Cuentas generales; reformar la normativa actual en relación al procedimiento de rendición de la Cuenta general en el caso de no ser aprobadas por el Pleno Municipal; homogeneizar las aplicaciones informáticas que tengan los ayuntamientos, al menos en lo que se refiere a los datos imprescindibles y necesarios para los informes que hay que remitir tanto al Tribunal de Cuentas como al Ministerio de Hacienda, a través de las plataformas habilitadas al efecto; seguir impulsando la realización de cursos de formación, ya sea a través de obtención de puntos para futuros traslados o cualquier otra medida, sobre la normativa y las obligaciones contables, por parte de los responsables de realizar y tramitar los informes contables

SOBRE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO:

► Instar a los órganos competentes de la administración estatal para que, tan pronto tengan conocimiento de la falta de rendición de las cuentas generales de una entidad local, puedan hacer efectivas, de manera oportuna, las medidas que ofrece la normativa, incluida la aplicación de la retención en la participación en los tributos del Estado; entendiendo que la aplicación de esta medida impulsará la rendición de las cuentas generales de las entidades locales como mecanismo de buena gestión financiera.

► Promover las reformas legales adecuadas para que la rendición de cuentas sea considerada en todo el territorio nacional requisito indispensable para el acceso por las entidades locales a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas

MEDIDAS PARA GARANTIZAR ENVÍO AL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS, REPAROS EFECTUADOS Y ANOMALÍAS EN INGRESOS Y ACUERDOS SIN FISCALIZACIÓN PREVIA

► Instar a las EELL a habilitar los mecanismos necesarios para garantizar el envío regular al Tribunal de Cuentas de la información relativa a su actividad contractual, así como los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por los interventores locales, las anomalías detectadas en materia de ingresos y los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.

MEDIDAS EN RELACIÓN A RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL:

► Impulsar la reorganización y racionalización del sector público local con los procedimientos necesarios para la reestructuración o disolución de las mancomunidades, los consorcios y las entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM) que no estén desarrollando actividad, ni prestando servicio alguno; así como de las entidades del sector público local empresarial, de modo que su permanencia responda a razones de eficiencia, estabilidad, racionalidad y sostenibilidad financiera.

RECOMENDACIONES EN RELACIÓN CON EL INFORME SOBRE LOS ACUERDOS Y RESOLUCIONES CONTRARIOS A REPAROS FORMALIZADOS POR LOS INTERVENTORES LOCALES DE LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y LAS ANOMALÍAS DETECTADAS EN MATERIA DE INGRESOS, ASÍ COMO SOBRE LOS ACUERDOS ADOPTADOS CON OMISIÓN DEL TRÁMITE DE FISCALIZACIÓN PREVIA, EJERCICIO 2016

SOBRE LOS PUESTOS DE FUNCIONARIOS DE HABILITACIÓN NACIONAL:

► Instar al Estado a adoptar las medidas necesarias para asegurar una dotación de efectivos suficiente de funcionarios de habilitación nacional en los órganos de control interno de las entidades locales.

► Instar al Gobierno y a las comunidades autónomas a establecer las medidas necesarias para asegurar una dotación de efectivos suficientes de funcionarios de habilitación nacional en los órganos de control interno de las entidades locales, cuya selección corresponde a la Administración General del Estado, y la Comunidad Autónoma debería impulsar la agrupación de puestos.

► Instar al gobierno de la Comunidad (de Canarias) a agilizar la celebración anual de concursos ordinarios, a los cuales deben acudir las corporaciones locales siempre que no tengan su plaza cubierta de forma definitiva, a efectos de asegurar una cobertura ordinaria y efectiva de los puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional y así evitar los nombramientos accidentales, los puestos vacantes y la ocupación por funcionarios interinos o por funcionarios con habilitación nacional por acumulación.

► Instar a las EELL a evitar el desempeño de funciones adicionales a las de control interno, que incrementen significativamente la carga de trabajo o que resulten incompatibles con las funciones ordinariamente asignadas a los órganos de intervención

SOBRE EL RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO:

Instar al Gobierno para revisar la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito en el marco presupuestario actual, para que se regulen los supuestos excepcionales en los que se ha aplicado, con la finalidad de impedir la utilización del reconocimiento extrajudicial de crédito como una fórmula alternativa al procedimiento de revisión de los actos nulos, la cual no está admitida en nuestro ordenamiento.

SOBRE LA GESTIÓN DE GASTOS Y LA CONTRATACIÓN:

Instar a las EE a implementar procedimientos de gestión en relación con los gastos de menor cuantía y, en general, para garantizar el inicio de la tramitación de los expedientes de contratación con el tiempo suficiente para evitar la ejecución de gastos sin cobertura contractual como consecuencia de la expiración del término de contratos previos

En fin, nuevas recomendaciones para viejos problemas de la rendición de cuentas y de la gestión de ingresos, Acuerdos adoptados en contra de reparos formulados por los Interventores o con omisión del trámite de fiscalización previa (estas últimas recomendaciones, aunque referidas a los entes locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, extrapolables al resto del territorio español pues nadie puede dudar que los problemas detectados en el informe del Tribunal de Cuentas son propios de muchos Ayuntamientos y Diputaciones de todas las CCAA de España)

-Es cierto que el primer informe, el referente a la rendición de la Cuenta General, se refiere al ejercicio de 2018 y que el segundo informe, el referente a la gestión de ingresos, Acuerdos adoptados en contra de reparos formulados por los Interventores o con omisión del trámite de fiscalización previa se refieren al ejercicio de 2016.

Pero sospecho que muchos Interventores o Secretarios-Interventores de Entidades Locales podrán dar fe del mantenimiento en el tiempo -incluso a pesar de los cambios normativos que refuerzan el control interno (Real Decreto 424/2017, de 28 de abril)- de estas deficiencias en el funcionamiento económico-financiero detectadas por el Tribunal de Cuentas. Ojalá todas las instituciones afectadas se pongan manos a la obra y pongan ya en marcha las recomendaciones indicadas.

Pueden verse los textos íntegros de las Recomendaciones y los Informes del Tribunal de Cuentas, aquí:

https://boe.es/boe/dias/2021/08/28/pdfs/BOE-A-2021-14263.pdf

https://boe.es/boe/dias/2021/08/28/pdfs/BOE-A-2021-14264.pdf

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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