Normativa al día: PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA: Aprobación de Adenda; Concesión directa de subvención a la FEMP / ELECCIONES GENERALES 2023: Relación de locales habilitados en el extranjero / HACIENDAS LOCALES: Prudencia financiera

PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA: Modificaciones

Resolución de 6 de junio de 2023, de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 2023, por el que aprueba la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia BOE 7/6/23

Antecedentes:

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, el 27 de abril de 2021 se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (PRTR)

El Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia está dotado con 672.500 millones de euros, de los cuales España tiene asignado un total de aproximadamente 160.000 millones de euros, entre transferencias y préstamos, hasta 2026

Conforme al Reglamento que regula dicho mecanismo los Estados miembros elaboran planes de recuperación y resiliencia nacionales para alcanzar los objetivos establecidos. Estos planes incluyen un conjunto de medidas coherente y exhaustivo de medidas de ejecución de las reformas y de inversión pública, que podrá incluir también programas públicos destinados a incentivar la inversión».

El PRTR español detalla un programa de reformas e inversiones, que se financian con cerca de 70.000 millones de euros, en forma de transferencias, de los recursos asignados a España y que se concentran principalmente en el periodo 2021-2023

-Objeto de la adenda:

La Adenda al PRTR da continuidad al proceso de recuperación y modernización de la economía española, para reforzar la autonomía estratégica de España y Europa en el ámbito energético, agroalimentario, industrial, tecnológico y digital

En esta adenda se detallan reformas e inversiones adicionales hasta 2026 que se financiarán con cerca de 10.300 millones de euros en transferencias. E incorpora como novedad, respecto a la primera parte del PRTR, la utilización de recursos en forma de préstamos

Puede verse el texto completo aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/06/07/pdfs/BOE-A-2023-13536.pdf

Véase también, en este blog: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2021/01/31/la-ley-de-resiliencia-luces-y-sombras/

Real Decreto 407/2023, de 29 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1070/2021, de 4 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para reforzar la promoción de estilos de vida saludable a través de la creación o rehabilitación de entornos saludables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOE 31/5/23

Justificación.-

En la gestión de la subvención se han identificado algunas dificultades para ejecutar la totalidad de la inversión en los plazos fijados, debido a la puesta a punto de las herramientas de soporte precisas para su gestión. Esta situación pone en riesgo la realización plena del proyecto específico de creación o rehabilitación de espacios saludables de la Inversión 2 del Componente 18 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español.

Finalidad.

Con el fin de garantizar una correcta ejecución de las actuaciones previstas en los convenios-programa, se hace necesario ampliar el plazo de ejecución de las actividades objeto de la subvención, dentro de los límites establecidos en el PRTR

Actuaciones a financiar.

En consonancia con la Inversión 2 del Componente 18 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C18.I2) «Acciones para reforzar la prevención y la promoción de la salud», serán las siguientes:

a) La promoción de infraestructuras para la realización de actividad física al aire libre y de fomento del uso de la bicicleta.

b) El diseño e implementación de rutas o circuitos saludables que contribuyan a la mejora de la salud física y mental, tales como la restauración de tramos urbanos de ríos, la mejora de la conectividad natural entre el medio urbano y periurbano o intervenciones orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana.

c) La creación de espacios saludables que potencien la actividad física y la salud y desincentiven el uso del vehículo motorizado privado.

d) La promoción de hábitos y rutinas saludables entre la infancia y la adolescencia, a través de actuaciones como el diseño de itinerarios seguros a pie y en bicicleta, la creación de espacios peatonales y de juego permitido o el establecimiento de calles residenciales en los alrededores de centros escolares.

Las actuaciones a financiar son acciones para reforzar la prevención y la promoción de la salud

El plazo de ejecución de las actuaciones objeto de la subvención (incluida el acta de recepción material) no deberá exceder la fecha límite del 31 de diciembre de 2023

El plazo de justificación de la subvención no deberá exceder la fecha límite del 31 de marzo de 2024

Puede verse el texto íntegro aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/05/31/pdfs/BOE-A-2023-12787.pdf

ELECCIONES GENERALES 2023: Centros de votación habilitados en el extranjero

Resolución de 2 de junio de 2023, de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se determina la relación de centros habilitados en el extranjero para el depósito de voto en urna en las elecciones generales de 23 de julio de 2023. BOE 10/6/23

Referencias normativas:

● Artículo 75 de la LOREG, que regula el ejercicio del voto por personas que residen en el extranjero.

● Orden AUC/306/2023, de 28 de marzo, por la que se establecen las condiciones para la designación de los centros habilitados en el extranjero para el depósito del voto en urna en los procesos electorales convocados en España (artículos 2 y 3)

Se fijan los locales en las demarcaciones consulares de Buenos Aires (Argentina), São Paulo (Brasil), Santiago de Chile (Chile), Tel Aviv (Israel), México (México), Asunción (Paraguay) y Caracas (Venezuela)

Ver texto de la disposición aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/06/10/pdfs/BOE-A-2023-13784.pdf

► HACIENDAS LOCALES. Endeudamiento. Prudencia financiera

Resolución de 6 de junio de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las EELL

Contexto:

● Resolución de 4 / 7 / 2017, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las EELL https://boe.es/boe/dias/2017/07/06/pdfs/BOE-A-2017-7814.pdf

● Las EELL que no cuenten con herramientas de valoración propias o un asesoramiento externo independiente para determinar en el momento de la operación el coste de financiación del Tesoro, para conocer el coste de financiación del Estado a cada plazo medio, emplearán la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables sobre cada referencia que se publique mensualmente, mediante Resolución, por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

En esta Resolución 6 de junio de 2023, se publica un nuevo anexo de actualización mensual del coste de financiación del Estado

Puede verse la actualización de los tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado, aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/06/08/pdfs/BOE-A-2023-13595.pdf

Sobre el principio de prudencia financiera, véase en este blog: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/conceptos-juridicos-basicos-2/#Prudencia-financiera

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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