Información administrativa: ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: representación administrativa para acceder a la Dirección Electrónica Vial /  FUNCIÓN PÚBLICA: Resolución concurso unitario puestos de FHN

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: representación administrativa para acceder a la Dirección Electrónica Vial (DEV)

Resolución de 17 de agosto de 2023, de la Dirección General de Tráfico [DGT], por la que se establecen medidas para el fomento de la colaboración social administrativa en el ámbito de la Dirección Electrónica Vial. (BOE de 5 / 9 / 2023)

Contexto:

● El texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, profundizó en el desarrollo de medios digitales y electrónicos con la implantación de la Dirección Electrónica Vial (DEV) como instrumento de comunicación electrónica entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y los ciudadanos/empresas.

● El art 5 de la LPACAP regula la actuación de los interesados en el procedimiento administrativo a través de representantes

● Los datos en España revelan que el 80 % de la tramitación administrativa electrónica no se realiza directamente por el ciudadano sino a través de intermediarios. Así mismo la Agenda España Digital para el horizonte 2026 en su Eje 5.º, bajo el epígrafe «Transformación digital del sector público» establece la necesidad de avanzar en «la transformación digital de las Administraciones públicas, que facilite la realización de los trámites burocráticos y que simplifique y haga más accesible la relación de la ciudadanía y las empresas con la Administración».

● Por ello se hace necesario que la Dirección General de Tráfico avance en el proceso de digitalización y en la sustitución de las comunicaciones y notificaciones tradicionales a través de papel, impulsando la DEV como herramienta que permite la comunicación oficial electrónica entre el organismo y los ciudadanos/empresas, bien de forma directa o a través de la intervención de representantes, generalmente profesionales integrantes de Colegios Oficiales.

Objetivo y objeto de esta Resolución:

Se pretende ampliar el volumen de interesados que se puedan relacionar con la D. G. de Tráfico a través de la intervención de representantes que acceden al contenido de la DEV en interés de su representado, favoreciendo y simplificando los trámites y gestiones administrativas

Se regula el procedimiento, requisitos y condiciones, aplicables en el ámbito del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, para otorgar representación administrativa para el acceso a la información, relativa al representado, que conste en la DEV

▬Las representaciones administrativas -que deben ser inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la DGT- producen como efecto que las notificaciones serán recibidas simultáneamente por el representante y por el representado

▬ Se establecen tres tipos de representaciones:

–Tipo A (representación ordinaria): intervienen representante y representado utilizando ambos los sistemas de firma de la plataforma cl@ve (DNI electrónico, certificado digital, cl@ve firma…)

–Tipo B (representación homologada): intervienen representante y representado a través del resto de sistemas de firma electrónica

–Tipo C (representación presunta): se otorgan en virtud de la habilitación del sistema de «representación presunta» previsto en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015:

Las AAPP podrán habilitar con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Dicha habilitación deberá especificar las condiciones y obligaciones a las que se comprometen los que así adquieran la condición de representantes, y determinará la presunción de validez de la representación salvo que la normativa de aplicación prevea otra cosa. Las AAPP podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación. No obstante, siempre podrá comparecer el interesado por sí mismo en el procedimiento

La representación tipo C se suscribirá al amparo del correspondiente Convenio de colaboración firmado por el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la organización o corporación de que se trate

Esta Resolución ha entrado en vigor con fecha de hoy, 6 de septiembre de 2023

Puede verse el texto íntegro, aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/09/05/pdfs/BOE-A-2023-19016.pdf

FUNCIÓN PÚBLICA: Resolución concurso unitario puestos de FHN.

Por Resolución de 30 de agosto de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (FHN).

El concurso fue convocado por Resolución de 21 / 3 / 2023 [https://boe.es/boe/dias/2023/03/24/pdfs/BOE-A-2023-7584.pdf]

Las adjudicaciones de puestos y las exclusiones totales o parciales constan en los anexos de la Resolución de 30/8/2023 publicada en el BOE de 5 / 9 / 2023: https://boe.es/boe/dias/2023/09/05/pdfs/BOE-A-2023-18994.pdf

Respecto a las exclusiones parciales, la Dirección General interpreta el artículo 20.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, excluyendo a quienes habiendo accedido a la categoría superior de la subescala de secretaría o de intervención-tesorería concursan exclusivamente a puestos de entrada

El citado precepto establece que «quienes estuvieran desempeñando un puesto reservado con carácter definitivo en la categoría de entrada, podrán permanecer en dicha categoría, mientras continúen ocupando el citado puesto»

Y la Dirección General considera que la realidad y el contexto actual en que debe ser aplicado el citado artículo 20.3 motiva atender al sentido propio de sus palabras, permitiendo permanecer en categoría de entrada, mientras continúen ocupando el puesto reservado con carácter definitivo en la categoría de entrada que se venía desempeñando antes de su acceso a categoría superior («el citado puesto»), pero no que se siga participando en concursos para desempeñar puestos de categoría de entrada distintos.

Contra la Resolución de 30/8/2023, puede interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes (finaliza el próximo 5 de octubre), ante la Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (finaliza el próximo 6 de noviembre), y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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