Normativa al día: PLAZOS ADMINISTRATIVOS (días inhábiles 2024) / SUBVENCIONES A EELL TRANSFORMACIÓN DIGITAL GESTIÓN PADRÓN HABITANTES / OPERACIONES ENDEUDAMIENTO EELL (principio de prudencia financiera) / Reestructuración MINISTERIOS

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. PLAZOS. DÍAS INHÁBILES 2024

Contexto.-

El artículo 30 de la LPACAP regula el cómputo de plazos en el derecho administrativo español. Especialmente relevante es el apartado 2 al señalar que Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

El aptdo 7 del mismo artículo establece que el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado (AGE) y de las CCAA debe publicarse antes del comienzo de cada año en el Boletín Oficial correspondiente.

Días inhábiles para 2024.

En virtud de lo anterior, por Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la AGE para el año 2024.

En el Anexo de esta Resolución se fijan los días que serán inhábiles en todo el territorio nacional y los que serán inhábiles además en cada Comunidad Autónoma.

En los ámbitos territoriales de las EELL serán inhábiles, además, los días que establezcan las respectivas CCAA en sus correspondientes calendarios de días inhábiles

Puede verse el texto íntegro de la Resolución publicada en el BOE y el calendario de días inhábiles para 2024, aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/11/22/pdfs/BOE-A-2023-23637.pdf

SUBVENCIONES A EELL. PARA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DEL PADRÓN DE HABITANTES, EN EL MARCO DEL P.R.T.R.

El Ministerio de Política Territorial, mediante la Orden del TER/1235/2023, de 15 de noviembre, aprueba las bases reguladoras y efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) BOE 18/11/2023

Objetivos

-Seguir avanzando en la transformación digital y modernización de las EELL, así como en la consecución de los hitos y objetivos del PRTR

– La mejora y actualización de los padrones municipales de habitantes conforme a los parámetros definidos por el INE, con el objeto de mejorar la interoperabilidad e interconexión entre los padrones municipales y el propio INE, así como de disponer de un sistema de gestión de la información sobre el territorio.

– La creación de bases de datos de ámbito municipal que permitan separar completamente la información padronal relativa al territorio de la información padronal relativa a las personas y su actualización

-El impulso de la modernización de los sistemas de gestión del padrón de las entidades locales, dado que actualmente los padrones municipales no permiten conocer el número de habitantes de una población en tiempo real, sino de forma mensual; cuyo hecho, unido a la falta de un censo actualizado y unificado de calles, edificaciones y otros tipos de inmuebles no se adecua al contexto tecnológico actual, el cual ofrece una multitud de funcionalidades de mayor eficacia

Objeto de la Orden Ministerial.-

Las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2023 de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, cuya finalidad sea la transformación digital y la modernización del padrón municipal de las EELL

EELL beneficiarias y EELL beneficiarias.-

Pueden ser beneficiarias:

a) Las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, los cabildos, los consejos insulares, así como las CCAA uniprovinciales, siendo los destinatarios de las actuaciones que realicen los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de su ámbito territorial, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.

b) Las Ciudades de Ceuta y Melilla

Son destinatarios de las actuaciones los municipios con población inferior a 20.000 habitantes del ámbito territorial de las Diputaciones, CCAA uniprovinciales, Cabildos y Consejos Insulares y las Ciudades de Ceuta y Melilla

Asi mismo, las entidades beneficiarias de las ayudas ofrecerán adherirse a las actuaciones realizadas, al resto de municipios (es decir, además de los de población inferior a 20.000 habitantes) con el objetivo de una gestión más eficiente de los servicios que permita garantizar una prestación homogénea de los mismos

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará a las 15:00 horas del día 1 de abril de 2024 (hora peninsular española).

Las solicitudes únicamente se podrán presentar de forma electrónica a través del procedimiento previsto a tal efecto en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (procedimientos-subvenciones)

Puede verse aquí el texto íntegro de las Bases y convocatoria: https://boe.es/boe/dias/2023/11/18/pdfs/BOE-A-2023-23389.pdf

OPERACIONES ENDEUDAMIENTO EELL. LÍMITES (principio de prudencia financiera)

Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

BOE de 9 de noviembre de 2023 Puede verse el texto íntegro de la Resolución de 8 de noviembre de 2023 aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/11/09/pdfs/BOE-A-2023-22768.pdf

El texto íntegro vigente de la Resolución de 4 de julio de 2017 puede verse aquí: https://www.boe.es/eli/es/res/2017/07/04/(1)

Sobre el principio de prudencia financiera, puede verse en este blog: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/conceptos-juridicos-basicos-2/#Prudencia-financiera

ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO: MINISTERIOS. Reestructuración

Mediante el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre se reestructuran los Departamentos ministeriales, de forma que desde el día 21 de noviembre de 2023, los Ministerios (de la AGE) son los siguientes:

– Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

– Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

– Defensa.

– Hacienda y Función Pública.

-Interior.

– Transportes y Movilidad Sostenible.

– Educación, Formación Profesional y Deportes.

– Trabajo y Economía Social.

– Industria y Turismo.

– Agricultura, Pesca y Alimentación.

– Política Territorial y Memoria Democrática.

– Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

– Vivienda y Agenda Urbana.

– Cultura.

– Economía, Comercio y Empresa.

– Sanidad.

– Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

– Ciencia, Innovación y Universidades.

– Igualdad.

– Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

– Transformación Digital.

– Juventud e Infancia.

[Puede verse aquí el texto íntegro de la citada disposición por la que se reestructuran los departamentos ministeriales y las competencias de los mismos: https://boe.es/boe/dias/2023/11/21/pdfs/BOE-A-2023-23537.pdf]

Queda derogado el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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