Normativa al día: PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES: INSTRUCCIONES TÉCNICAS: Modificación. SUPUESTOS DE MENORES Y DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD y RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal. (BOE 8/2/2023)

En cuanto a las inscripciones padronales de menores y personas con discapacidad, las modificaciones son consecuencia de los cambios legislativos que se indican en el Código Civil:

Menores.

-Artículo 154 del Código Civil, en virtud del cual se establece que es función de la patria potestad: «3.º Decidir el lugar de residencia habitual de la persona menor de edad, que solo podrá ser modificado con el consentimiento de ambos progenitores o, en su defecto, por autorización judicial».

En consecuencia, se modifican los siguientes aptdos. de la Resolución de 17/2/2020:

– el punto 3 del apartado 1. Consideraciones Generales y

– todo el apartado 2.2.1 Representación legal de menores,

Por ello, el consentimiento del otro progenitor, o la autorización judicial en su defecto, se requiere en todos los supuestos de empadronamiento por un solo progenitor (salvo que el otro haya sido privado de la patria potestad), y tanto en los casos en los que exista resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia como cuando no exista (separaciones de hecho, en tramitación…).

Excepcionalmente se puede admitir la inscripción en el Padrón mediante una declaración responsable en los casos de atribución de guarda y custodia en exclusiva o cuando no haya resolución judicial, en una serie de supuestos muy concretos, que se reflejan en las actualizaciones de los anexos II y I, respectivamente.

Personas con discapacidad.

-El título XI. De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, del libro primero del Código Civil.

Conforme a la nueva regulación, ya no existen declaraciones de incapacitación sino únicamente resoluciones judiciales que determinan los actos para los que la persona con discapacidad requiere apoyo, quedando la tutela solo para menores de edad

En consecuencia, se modifican los siguientes aptdos. de la Resolución de 17/2/2020, sobre la representación legal de los incapacitados:

-apartado 1. Consideraciones generales y

-apartado 2.2 Documentación acreditativa de la representación.

En cuanto a los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente:

Extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración

Se aprovecha esta Resolución para corregir los siguientes anexos, suprimiendo la referencia que había en ambos al DNI, que no es aplicable a los extranjeros no comunitarios, así como sus títulos, para hacer referencia a la residencia de «larga duración», como se denomina actualmente, en lugar de «permanente»

-el anexo IV. Solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y

– el anexo V. Solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, presentada por representante

Puede accederse al texto íntegro -con la nueva redacción- de la Resolución 17 / 2 / 2020, conteniendo las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, aquí: https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/29/(5)/con

Corrección de errores (sustitución del Anexo V): https://boe.es/boe/dias/2023/02/10/pdfs/BOE-A-2023-3512.pdf

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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