► Convocatoria de las elecciones: Real Decreto 363/2024, de 9 de abril.
►Publicación de la convocatoria y entrada en vigor del Decreto de convocatoria: 16 de abril de 2024
Puede verse el texto íntegro de la convocatoria aquí: https://boe.es/boe/dias/2024/04/16/pdfs/BOE-A-2024-7479.pdf
►Junta Electoral competente:
-sobre candidaturas; papeletas y sobres; y recuento de votos en el ámbito nacional, atribución de los escaños correspondientes a cada una de las candidaturas y la proclamación de electos y electas: la Junta Electoral Central (JEC)
-sobre el escrutinio: las Juntas Electorales Provinciales (JEP)
-sobre la atribución de escaños a las candidaturas y proclamación de electos: la JEC
-competencias de las Juntas Electorales de Zona:
< supervisión de la formación de las Mesas
< resolución de excusas
< comunicación a los Jueces, antes del día de la votación, los datos de identificación de las personas que, en calidad de titulares y suplentes, formen las Mesas Electorales
< demás funciones atribuidas en la LOREG
►Número de Diputados/a a elegir: 61 (artículos 215 de la LOREG y 3 de la Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo, de 22 / 9 / 2023)
► Circunscripciones electorales: solo una, el territorio nacional
►Día de las elecciones: el 9 de junio de 2024
► FIJACIÓN DE COLEGIOS ELECTORALES, SECCIONES Y MESAS:
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE), oídos los Ayuntamientos, determinan el número, los límites de las Secciones Electorales, sus locales y las Mesas correspondientes a cada una de ellas.
Debe tenerse en cuenta que los locales donde se realice la votación habrán de reunir las condiciones necesarias para tal fin, serán preferentemente de titularidad pública y de entre ellos los de carácter docente, cultural o recreativo, y deberán ser accesibles a las personas con limitaciones de movilidad.
La OCE publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia el día 22 de abril la relación de los colegios electorales, secciones y mesas
Dicha relación será expuesta al público en los respectivos Ayuntamientos
► DESIGNACIÓN DE LUGARES DE PROPAGANDA ELECTORAL Y DE ACTOS PÚBLICOS DE CAMPAÑA ELECTORAL:
Los Ayuntamientos, dentro de los siete días siguientes a la convocatoria (es decir, entre el 17 y el 23 de abril), comunicarán los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas a la correspondiente Junta Electoral de Zona
Los Ayuntamientos, dentro de los diez días siguientes al de la convocatoria (es decir, entre el 17 y el 26 de abril ), deben comunicar a la correspondiente JEZ que, a su vez lo pone en conocimiento de la Junta Provincial, los locales oficiales y lugares públicos que se reservan para la realización gratuita de actos de campaña electoral
► EXPOSICIÓN PARA CONSULTA DE LAS LISTAS DEL CENSO ELECTORAL. RECLAMACIONES Y RESOLUCIÓN DE ÉSTAS
Los ayuntamientos y consulados estarán obligados a mantener un servicio de consulta de las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios y demarcaciones durante el plazo de ocho días, a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones; es decir, deben exponerse entre los días 22 y 29 de abril
► SORTEO PARA DESIGNACIÓN MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES:
Entre los días 11 y 15 de mayo
[Campaña electoral: del 24 de mayo al 7 de junio]
► SEÑALIZACIÓN DE LOS LOCALES ELECTORALES /
► MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES EL DÍA DE LA VOTACIÓN
—Urnas. Las urnas serán facilitadas por las Delegaciones del Gobierno o por las Subdelegaciones del Gobierno a las Juntas Electorales de Zona que, a su vez, previo montaje y precinto a cargo de los Secretarios, las entregarán contra recibo a los Presidentes de las Mesas electorales
—Cabinas
En la misma habitación en la que se desarrolle la votación y en lugar intermedio entre la entrada y la Mesa electoral, existirá, al menos, una cabina en la que el votante podrá seleccionar las papeletas electorales e introducirlas en los correspondientes sobres. En su interior, en los casilleros destinados al efecto, o junto a la misma en una mesa dispuesta para ello, los electores tendrán a su disposición un número suficiente de sobres y papeletas de cada candidatura.
Las cabinas serán facilitadas por las Delegaciones del Gobierno o por las Subdelegaciones del Gobierno a las Juntas Electorales de Zona, que adoptarán las medidas precisas a fin de que se encuentren montadas y en disposición de ser utilizadas el día de la votación y antes de su comienzo.
—Papeletas.
Las papeletas electorales reunirán las características y condiciones de impresión señaladas en el anexo 3 (P 6) del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, por el que se establece la regulación complementaria de los procesos electorales
[Ver texto consolidado y actualizado de éste Real Decreto en: https://www.boe.es/eli/es/rd/1999/04/16/605/con]
—Pago de las dietas de los miembros de las Mesas electorales: Véase, en este blog, en cuanto a las cuantías: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2023/03/06/elecciones-miembros-mesas-electorales-actualizacion-cuantia-dietas-y-utilizacion-sello-electronico-para-gestion-excusas-hacienda-local-principio-prudencia-financiera-y-remision-cuenta-general-a/
—Gratificaciones a Secretarios de Ayuntamiento, servicios extraordinarios prestados por el personal de los Ayuntamientos y servicios prestados por los representantes de la Administración: véanse, respectivamente, los apartados 3, 7 y 12 del artículo 6 del citado Real Decreto 605/1999, de 16 de abril
► DÍA DE LA VOTACIÓN: 9 de junio de 2024
Otras entradas de interés, en este blog, sobre Elecciones:
–Convocatoria de elecciones europeas; y modificaciones en los modelos de Actas: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2024/04/15/normativa-al-dia-elecciones-modificaciones-en-los-modelos-de-actas-haciendas-locales-coste-maximo-operaciones-de-endeudamiento/
–Censo electoral: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2023/03/27/novedades-normativas-censo-electoral-modificacion-contenido-de-las-listas-electorales-y-censo-electoral/
–Voto españoles en el extranjero: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2022/10/16/normativa-al-dia-supresion-del-voto-rogado-para-los-espanoles-residentes-en-el-extranjero-repercusiones-de-la-ley-de-creacion-y-crecimiento-de-empresas/
–Dietas de los miembros de las Mesas https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2023/03/06/elecciones-miembros-mesas-electorales-actualizacion-cuantia-dietas-y-utilizacion-sello-electronico-para-gestion-excusas-hacienda-local-principio-prudencia-financiera-y-remision-cuenta-general-a/
–Papeletas, urnas, cabinas, etc. https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2023/04/03/normativa-al-dia-elecciones-modificacion-modelos-urnas-cabinas-y-papeletas-condiciones-para-designacion-locales-en-extranjero-admon-electronica-recursos-de-amparo-ante-el-t-constitucional-f/
Un comentario en “ELECCIONES EUROPEAS 2024: SUCINTO RESUMEN Y ACTUACIONES MÁS RELEVANTES EN LOS AYUNTAMIENTOS”