La Sentencia del Tribunal Constitucional, del 8 de febrero del presente año 2022, Recurso 1143/2021 [ECLI: ES:TC:2022:17], anula el sistema de promoción interna previsto en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid [LCPL-CM] basado exclusivamente en la posesión de la titulación académica. Declara la inconstitucionalidad y nulidad de las siguientes disposiciones de la Ley autonómica citada:
–disposición transitoria primera, apartado primero, que establecía:
Los miembros de los Cuerpos de Policía Local que a la entrada en vigor de la presente Ley ocupen plazas correspondientes a las categorías clasificadas en los subgrupos de clasificación profesional en el artículo 33 y tuviesen la titulación académica correspondiente, quedarán directamente integrados en las correspondientes categorías de dichos subgrupos de clasificación
— disposición transitoria tercera, que establecía:
La integración en subgrupos de clasificación profesional prevista en la presente Ley no implicará necesariamente el incremento de las retribuciones totales de los funcionarios.
El Tribunal Constitucional proclama que las bases en materia de función pública, que establecen un marco común de regulación aplicable a todos los funcionarios públicos del Estado, que puede ser desarrollado pero no desconocido por las Comunidades Autónomas, prohíben la integración automática de tales empleados públicos en los grupos de titulación superior, toda vez que exigen, para la promoción interna, no solo estar en posesión de la titulación requerida, sino también la superación de unas pruebas selectivas
Véase el texto íntegro de la Sentencia del TC aquí: https://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/es/Resolucion/Show/27897
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