EL ANÁLISIS SISTEMÁTICO DEL RIESGO DE CONFLICTO DE INTERÉS EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE EJECUTAN EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)

▬ Qué es el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Es un plan para la gestión de los fondos europeos con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo y recuperar y reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19, a través de reformas e inversiones

Véanse las entradas en este blog, sobre el PRTR:

-21 septiembre 2022: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2022/09/21/informacion-juridico-administrativa-plan-de-recuperacion-transformacion-y-resiliencia-subvenciones-a-eell-actualizacion-principio-prudencia-financiera-ee-ll-asturias-candidatos-de-fhn-para-p/

-21 mayo 2022: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2022/05/21/normativa-al-dia-funcion-publica-f-h-n-resolucion-del-concurso-unitario-plan-de-recuperacion-transformacion-y-resiliencia-subvenciones-a-ayuntamientos-concesion-procedimiento-admtvo-ofici/

-7 noviembre 2021: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2021/11/07/normativa-al-dia-convocatoria-de-subvenciones-para-la-transformacion-digital-y-modernizacion-de-las-entidades-locales-en-el-marco-del-plan-de-recuperacion-transformacion-y-resiliencia/

-4 marzo 2021: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2021/03/04/el-dictamen-del-consejo-de-estado-sobre-la-ley-de-resiliencia/

-31 enero 2021: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/2021/01/31/la-ley-de-resiliencia-luces-y-sombras/

Así mismo, en la página https://planderecuperacion.gob.es puede encontrarse toda la información en relación al mismo.

El Análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés [ASRCI]

Qué es

Análisis, mediante una herramienta informática, de las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados y los participantes en cada procedimiento de adjudicación de contratos o de concesión de subvenciones.

La herramienta informática de data mining, MINERVA o cualquier otra que la sustituya en el futuro, se configura como una herramienta informática de análisis de riesgo de conflicto de interés que la AEAT pone a disposición de todas las entidades decisoras, entidades ejecutoras y entidades instrumentales participantes en el PRTR, así como de todos aquellos al servicio de entidades públicas que participen en la ejecución del PRTR y de los órganos de control competentes del MRR

Regulación del ASRCI

Disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE 25/1/23). El texto íntegro puede verse aquí: https://boe.es/boe/dias/2023/01/25/pdfs/BOE-A-2023-2074.pdf

A qué procedimientos se aplica

A los siguientes procedimientos vinculados a la ejecución del PRTR:

procedimientos de adjudicación de los contratos.

procedimientos de concesión de subvenciones salvo aquellas de concurrencia masiva, entendiéndose por tal las que tengan más de cien solicitudes. En estos casos de concurrencia masiva se realizará el análisis sobre una muestra.

A qué personas se aplica el análisis

El análisis resulta de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de concesión de subvenciones.

Las entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales son las definidas como tales en la Orden HAF/ 1030/2021 de 29 de septiembre y en la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria General de Fondos Europeos, por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En particular, este análisis se llevará a cabo en cada procedimiento, para las personas que realicen las siguientes funciones o asimilables, y aún cuando no se rijan en su funcionamiento por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público o la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Contratos: órgano de contratación unipersonal y miembros del órgano de contratación colegiado, así como miembros del órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación que participen en los procedimientos de contratación indicados, en las fases de valoración de ofertas, propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato.

Subvenciones: órgano competente para la concesión y miembros de los órganos colegiados de valoración de solicitudes, en las fases de valoración de solicitudes y resolución de concesión.

Las personas mencionadas serán las que deban firmar las declaraciones de ausencia de conflicto de interés (DACI) respecto de los participantes en los procedimientos de contratación o de concesión de subvenciones. Esta formulación se realizará una vez conocidos dichos participantes.

En el anexo I de Orden ministerial HFP/55/2023 se recoge el modelo de DACI, con el contenido mínimo que esta deberá contener

Procedimiento

1.–Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores.

En todo caso, los resultados del análisis realizado quedarán registrados en el sistema de información de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a los efectos de las posibles auditorías específicas sobre conflicto de interés a llevar a cabo ex post en el ámbito de la estrategia de auditoría que determine la Intervención General de la Administración del Estado como Autoridad Independiente de Auditoría, acordada con la Comisión Europea.

2.- Con carácter previo a la valoración de las ofertas o solicitudes en cada procedimiento, el órgano responsable de los procedimientos de contratación o de concesión de las subvenciones realizará el análisis del riesgo de conflicto de interés descrito en el apartado anterior, a través de la herramienta informática.

Para el análisis, el órgano responsable dispondrá de la siguiente información, con la que alimentará la herramienta informática:

a) Los números de identificación fiscal de las personas sujetas al análisis.

b) Los números de identificación fiscal de las personas físicas o jurídicas participantes en cada procedimiento, que concurran al mismo como licitadoras o solicitantes, seleccionados en forma de muestra aleatoria en los casos de concurrencia masiva señalados anteriormente.

El órgano responsable recibirá el resultado del análisis del conflicto de interés. A su vez, lo hará llegar al órgano gestor del proyecto y subproyecto en el que se integre la actuación en el sistema de información de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Así mismo, el resultado del análisis será trasladado por el órgano responsable a las personas sujetas al análisis del riesgo del conflicto de intereses, a fin de que se abstengan si, con respecto a las mismas, ha sido identificada la existencia de una situación de riesgo de conflicto de interés, señalizada con una bandera roja.

3.–. Si la persona afectada por la identificación de un riesgo de conflicto de interés no reconociera la validez de la identificación, dispondrá de un plazo de alegaciones de dos días hábiles para motivar su renuncia a la abstención, siendo su superior jerárquico quien resolverá, tras este trámite, en el plazo de otros dos días hábiles.

No obstante lo anterior, de oficio o a instancia del superior jerárquico correspondiente, el órgano responsable del análisis podrá acudir al Comité Antifraude creado al amparo de los planes antifraude previstos en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para solicitar la emisión de un informe dentro del plazo de dos días hábiles tras el trámite de alegaciones, sobre si procede o no la aplicación del supuesto de abstención en el caso concreto.

4.–. El análisis del riesgo de conflicto de interés se volverá a llevar a cabo respecto de quien sustituya a la persona que, en cumplimiento de este proceso, se haya abstenido en el procedimiento, aplicándose de nuevo el análisis descrito.

5.– Todo el proceso quedará registrado en el sistema de información de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Medidas anti:fraude/corrupción/conflictos de intereses. Las entidades públicas que participen en la ejecución del PRTR deben tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en procedimientos administrativos con actuaciones vinculadas a la ejecución de dicho plan, y con motivo de la adopción de dichas medidas las citadas entidades podrán llevar a cabo actividades que conlleven el tratamiento de datos personales.

Publicado por José López Viña

Especialista en Administración local. Secretario General en Ayuntamientos de Asturias y Madrid. Autor y coautor de manuales, libros y artículos, especialmente sobre procedimiento administrativo. Ahora también bloguero. Asturiano nacido "a la vera del Cabo Peñes", en Luanco (Gozón), o sea junto a la mar. Escritor aficionado de literatura. Practicante aficionado de carreras de fondo. Abogo por una Administración transparente, sencilla, de fácil acceso para el ciudadano

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