–Por un lado, el BOE del día 6/07/2021 publica Resolución por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. Sobre el concepto de prudencia financiera ver, en este sitio web: https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/lo-basico-de-la-administracion/#4.-CONCEPTOS-JUR%C3%8DDICOS-B%C3%81SICOS-DEL-FUNCIONAMIENTO-DE-LA-ADMINISTRACI%C3%93N-MUNICIPAL
-Por otro lado, en el BOE del día 7 de julio 2021 se publica el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
Importante disposición legal, aprobada por la vía de urgencia del Decreto-Ley, que introduce importantes novedades en cuanto al personal interino de las Administraciones Públicas y sobre la que incorporaré en este sitio web mi visión crítica sobre la misma.
Puedes ver el contenido íntegro de ambas disposiciones en este sitio web, en la sección de INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA, aquí:
https://blogdejoselopezvinyaaldia.com/informacion-administrativa/#NORMATIVA-AL-DÍA
Un comentario en “Novedades normativas: PRUDENCIA FINANCIERA Y REDUCCIÓN TEMPORALIDAD EN EMPLEO PÚBLICO”